DOCUMENTO FINAL DE ALTA
Introducción
Nosotros, los Pueblos y Naciones Indígenas (en lo sucesivo, los Pueblos Indígenas) representando a las 7 regiones geopolíticas globales, incluidos representantes de los cónclaves de mujeres y jóvenes, nos hemos reunido en los territorios y tierras tradicionales de los Sami en Alta, Noruega. Nuestro objetivo fue intercambiar puntos de vista y propuestas para desarrollar recomendaciones colectivas para la Reunión Plenaria de Alto Nivel de la Asamblea General de las Naciones Unidas que se conocerá como la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas (en lo sucesivo, RPAN/CMPA), que se llevará a cabo en Nueva York del 22 al 23 septiembre de 2014. Este documento presenta nuestras recomendaciones junto con el contexto histórico y actual de los Pueblos Indígenas.
Preámbulo
Como Pueblos y Naciones distintas y originarias de nuestros territorios cumplimos con las leyes naturales y tenemos nuestras propias leyes, espiritualidad y visión del mundo. Tenemos nuestras propias estructuras de gobierno, sistemas de conocimiento, valores y el amor, respeto y las formas de vida que constituyen la base de nuestra identidad como Pueblos Indígenas y nuestra relación con el mundo natural.
Los Pueblos Indígenas han cumplido un papel fundamental en la promoción y el reconocimiento de los derechos humanos, incluidos los derechos humanos individuales y colectivos de los Pueblos Indígenas y han participado en foros y procesos internacionales. Esto, entre otras cosas, dio lugar a la adopción del Convenio 169 de la OIT y de la Declaración de las Naciones Unidas de los Derechos de los Pueblos Indígenas (en adelante referida como la Declaración), al establecimiento del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los
Pueblos indígenas y del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Por siglos, los Pueblos Indígenas hemos enfrentado y seguimos haciendo frente a la colonización de nuestras tierras, territorios, recursos, aire, hielo, océanos y aguas, montañas y bosques. Esta colonización ha dado lugar a patrones de dominación, a la explotación y el sometimiento de nuestros Pueblos. Estos patrones derivan de los reclamos de descubrimiento y conquista, bulas papales, cartas reales, el "destino manifiesto" y otras doctrinas erróneas y legalmente inválidas.
Estos reclamos se han manifestado en estrategias, políticas y acciones coloniales encaminadas a destruir a los Pueblos Indígenas, lo que ha resultado en la usurpación continua de las tierras, territorios, recursos, aire, hielo, océanos y aguas, montañas y bosques de los Pueblos Indígenas; en la destrucción extensa de las instituciones políticas y legales de los Pueblos Indígenas; en prácticas discriminatorias de las fuerzas colonizadoras con el objetivo de destruir las culturas de los Pueblos Indígenas; en la falta de honrar los Tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos con los Pueblos y Naciones Indígenas; en el genocidio, ecocidio, la pérdida de la soberanía alimentaria, los
crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y la militarización de los Pueblos Indígenas y de nuestras tierras; en la corporatización y mercantilización de los Pueblos Indígenas y nuestros recursos naturales; y en la imposición de modelos de "desarrollo" que están destruyendo la capacidad de dar vida y la integridad de la Madre Tierra, produciendo una serie de impactos negativos, entre los cuales, el cambio climático podría llegar a ser el más destructivo.
Las disposiciones de la Declaración que afirman los derechos inherentes de los Pueblos Indígenas a participar plenamente en la toma de decisiones que nos afectan seguirán guiando y enmarcando nuestro trabajo para la RPAN/CMPA.
Afirmamos además que nada en este proceso o sus resultados pueden ser interpretados para la disminución o eliminación de cualquiera de los derechos de los Pueblos Indígenas contenidos en la Declaración, o en cualquiera de las otras normas internacionales que protegen, defienden y refuerzan los derechos inherentes culturales, económicos, sociales, civiles, políticos, educativos y espirituales de los Pueblos Indígenas.
Reafirmamos las normas imperativas del derecho internacional, incluidas aquellas en materia de igualdad y no discriminación, y afirmamos que la realización de los derechos de los Pueblos Indígenas, incluidos los enunciados en la Declaración, deben ser defendidos por los Estados en forma individual y colectiva, libre de todas las formas de discriminación, incluida la discriminación por motivos de raza, origen étnico, religión, género, orientación sexual, edad y discapacidad.
Reafirmamos también que la Declaración debe ser considerada como el marco normativo y la base para el Documento Final y su plena realización.
Afirmamos que el derecho inherente e inalienable a la libre determinación es preeminente y es un requisito previo para la realización de todos los derechos. Nosotros, los Pueblos Indígenas, tenemos derecho a la libre determinación y a la soberanía permanente sobre nuestras tierras, territorios, recursos, aire, hielo, océanos y aguas, montañas y bosques.
Condenamos la violencia contra las mujeres, jóvenes y niños Indígenas como una de las peores violaciones de derechos humanos que afectan a los Pueblos y familias Indígenas. La violencia contra las mujeres, jóvenes y niños Indígenas es deshumanizante y también afecta a su desarrollo espiritual y viola sus derechos fundamentales.
Hemos identificado cuatro temas principales que encapsulan los temas que son de mayor
importancia para nosotros los Pueblos Indígenas. Recomendamos que cada uno de los temas generales sea uno de los temas correspondientes para cada una de las tres mesas redondas y el
diálogo interactivo que compondrán la RPAN/CMPA. Cada uno de los cuatro temas va acompañado de recomendaciones específicas y concretas para su inclusión en el Documento Final de la RPAN/CMPA.
Tema 1: Tierras, territorios, recursos, océanos y aguas de los Pueblos Indígenas
1. Para poder cumplir con sus obligaciones de garantizar el derecho a la libre determinación de los Pueblos Indígenas y la soberanía permanente sobre nuestras tierras, territorios, recursos, aire, hielo, océanos y aguas, montañas y bosques, recomendamos que los Estados, con carácter de urgencia, establezcan mecanismos eficaces a través de acuerdos alcanzados con los Pueblos Indígenas interesados para la implementación efectiva de los derechos mencionados, en consonancia con las obligaciones contraídas por los Estados en virtud del derecho internacional, la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración y los Tratados y acuerdos concertados con los Pueblos y Naciones Indígenas;
2. Recomendamos que los Estados afirmen y reconozcan el derecho a la protección,
conservación y restauración de nuestros lugares sagrados, sitios y paisajes culturales y
establezcan mecanismos que puedan promover eficazmente la implementación de estos
derechos, en particular mediante la asignación de recursos financieros suficientes;
3. Recomendamos que los Estados, de conformidad con las leyes, tradiciones, costumbres y sistemas de tenencia de la tierra de los Pueblos Indígenas y con la participación plena,
equitativa y efectiva de los Pueblos Indígenas, establezcan tribunales, comisiones u otros
órganos con autoridad judicial completa para identificar las tierras, los territorios y
recursos, incluidas las tierras tomadas sin el consentimiento libre, previo e informado, a las cuales los Pueblos Indígenas tienen derechos inherentes a través de la propiedad y/o uso tradicional, incluyendo mediante la delimitación y demarcación, y para resolver conflictos, incluyendo mediante la recuperación de dichas tierras, territorios y recursos.
En todos los casos mencionados, las leyes, usos y costumbres de los Pueblos Indígenas deben ser reconocidos;
4. Recomendamos que los Estados cumplan con los pronunciamientos judiciales, las decisiones de las cortes nacionales e internacionales y las recomendaciones de los órganos de Tratados y establezcan y proporcionen los recursos adecuados para una efectiva reparación por las injusticias históricas en relación con las tierras, territorios y recursos naturales de los Pueblos Indígenas;
5. Recomendamos que los Estados, con la participación plena y efectiva de los Pueblos
Indígenas, establezcan mecanismos para garantizar la implementación del derecho al
consentimiento libre, previo e informado antes de entrar en las tierras y territorios de los Pueblos Indígenas, en particular en relación con las industrias extractivas y otras
actividades de desarrollo. Se recomienda además que los Estados cesen de desalojar a los
Pueblos Indígenas de sus tierras y territorios ancestrales. En los casos en que están siendo o han sido desalojados, desplazados y/o desposeídos, los Estados deberán proporcionar restitución o, cuando ello no sea posible, compensación equitativa y justa que incluya la devolución de tierras y asistencia humanitaria así como sea requerida por los Pueblos Indígenas afectados;
6. Recomendamos que los Estados defiendan y respeten el derecho a la libre determinación y al consentimiento libre, previo e informado de los Pueblos Indígenas que no quieran la minería y otras formas de extracción de recursos, "desarrollo" y tecnologías consideradas como degradantes para la salud humana, cultural, reproductiva y del ecosistema. Cuando la minería y otras formas de extracción de recursos ya estén ocurriendo, los Estados deberán establecer mecanismos con la participación plena y efectiva de los Pueblos Indígenas para desarrollar una estrategia comprehensiva para el desarrollo ecológicamente sostenible y equitativo para poner fin y prevenir la contaminación industrial incontrolada e insostenible y la degradación, con planes de limpieza, rehabilitación y restauración. Esa estrategia deberá incluir el fortalecimiento de la capacidad de los jóvenes Indígenas en relación con las prácticas de desarrollo sostenible basadas en el conocimiento Indígena y la relación con la tierra, así como la protección y la promoción de la importancia del papel de los titulares de conocimientos tradicionales, incluidos los ancianos y mujeres Indígenas;
7. Recomendamos a los Estados implementar un enfoque comprehensivo en los derechos
humanos y basado en los ecosistemas en todas las medidas e iniciativas relativas al cambio climático, reconociendo y valorando las cosmovisiones Indígenas, incluidos los sistemas de conocimientos, tecnologías, innovaciones y prácticas, instituciones consuetudinarias y de gobierno Indígena, tierras y recursos, con garantías exigibles en todos los acuerdos sobre el clima. Recomendamos además la urgente transición de la dependencia de los combustibles fósiles hacia sistemas de energía e infraestructuras descentralizados, controlados localmente, limpios y renovables; y
8. Recomendamos que los Estados desarrollen y hagan cumplir, en conjunto con los Pueblos Indígenas, legislación o políticas para reconocer y proteger los medios de subsistencia tradicionales y otros usos consuetudinarios o culturales de la tierra y de los recursos de los Pueblos Indígenas, así como las economías indígenas, y que dicha legislación o políticas se adopten con el consentimiento libre, previo e informado de los Pueblos Indígenas.
Tema 2: Acción del sistema de la ONU para la implementación de los derechos de los Pueblos Indígenas
1. Recomendamos la creación de un nuevo órgano de la ONU con el mandato de promover, proteger, controlar, revisar e informar acerca de la implementación de los derechos de los Pueblos Indígenas, incluidos pero no limitado a los derechos contenidos en la Declaración y que dicho órgano se establezca con la participación plena, igualitaria y efectiva de los Pueblos Indígenas;
2. Recomendamos que la Asamblea General llame al establecimiento de un mecanismo
internacional para la supervisión, reparación, restitución e implementación de los Tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos entre los Pueblos o Naciones Indígenas y los Estados, sus predecesores y sucesores;
3. Recomendamos que los Estados provean reconocimiento legal a los Pueblos Indígenas como Pueblos Indígenas, ahí donde lo exijan los Pueblos interesados, de conformidad con las disposiciones de la Declaración que afirman los derechos inherentes de los Pueblos
Indígenas;
4. Recomendamos que la Asamblea General nombre un Sub-Secretario General de los Pueblos Indígenas, con el fin de fortalecer la capacidad y los esfuerzos de la ONU para garantizar la plena realización de los derechos de los Pueblos Indígenas, así como la inclusión y la reflexión de estos derechos, incluido el derecho a la participación plena y efectiva, en la toma de decisiones en todas las actividades de las Naciones Unidas;
5. Recomendamos que todas las agencias, programas y fondos de las Naciones Unidas que
participen en actividades que impactan a los Pueblos Indígenas designen un oficial o
establezcan un equipo de oficiales de manera permanente y de tiempo completo, con la
responsabilidad particular de asegurar que todas las actividades respondan a y se adapten a la situación particular de los Pueblos Indígenas y que proporcionen formación y
capacitación sobre los derechos de los Pueblos Indígenas para todo el personal nuevo y
existente de Naciones Unidas;
6. Recomendamos que todas las agencias, programas y fondos de las Naciones Unidas que
participen en actividades que impactan a los Pueblos Indígenas establezcan consejos
consultivos o foros integrados por representantes de los Pueblos Indígenas, incluidas las
mujeres, jóvenes y personas con discapacidad para participar en el diálogo y proporcionar asesoramiento sobre políticas y operaciones de los países y a nivel regional;
7. Recomendamos que se efectúe un examen de los procesos de nominación para puestos con mandato de las Naciones Unidas relativos a los derechos de los Pueblos Indígenas para asegurar que los procesos sean consistentes con la Declaración. Además se recomienda que sean nombrados más candidatos indígenas con experiencia en materia de derechos de los Pueblos Indígenas en los órganos de supervisión de Tratados;
8. Recomendamos que después de la RPAN/CMPA se organice una Conferencia Mundial oficial de la ONU de los Pueblos Indígenas con la participación plena, igualitaria y efectiva de los Pueblos Indígenas en todas las etapas;
9. Instamos al Comité del Patrimonio Mundial, la UNESCO y los Estados a revisar las directrices operativas de las convenciones sobre el Patrimonio Mundial para garantizar que los derechos y territorios de los Pueblos Indígenas sean respetados en la nominación,
designación, gestión y seguimiento de los sitios de patrimonio mundial que incorporen o
afecten a sus tierras, territorios, recursos, hielo, océanos y aguas, montañas y bosques y
previo e informado en los procesos de toma de decisiones sobre el Patrimonio Mundial;
10. De conformidad con la aplicación universal del derecho a la libre determinación de todos los Pueblos, recomendamos que las Naciones Unidas reconozca a los Pueblos y Naciones Indígenas en base a nuestra existencia libre original, a la soberanía inherente y al derecho a la libre determinación en el derecho internacional. Pedimos que se nos otorgue, como mínimo, estatus de observadores permanentes dentro del sistema de Naciones Unidas, permitiendo nuestra participación directa a través de nuestros propios gobiernos y parlamentos. Nuestros propios gobiernos incluyen, entre otros, los consejos y las autoridades tradicionales;
11. Recomendamos a los Estados, órganos de las Naciones Unidas y grupos de donantes
garantizar que los derechos de los Pueblos Indígenas sean respetados en la cooperación de ayuda al desarrollo; y
12. Recomendamos que la Declaración sea un estándar mínimo de derechos humanos utilizado en el Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos para que se evalúe a los Estados formalmente en relación con los progresos realizados en la implementación de los derechos de los Pueblos Indígenas.
Tema 3: Implementación de los Derechos de los Pueblos Indígenas
1. En base al derecho a la libre determinación, los Pueblos Indígenas tienen el derecho y la autoridad para desarrollar e implementar en pie de igualdad con los Estados las normas y los mecanismos que regirán las relaciones entre ellos y recomendamos que, con la participación plena, equitativa y efectiva de los Pueblos Indígenas:
a) Los Estados desarrollen procesos para asegurar que las leyes regionales,
constitucionales, federales/nacionales, provinciales y locales, las políticas y los
procedimientos cumplan con la Declaración y otras normas internacionales de
derechos humanos que defienden los derechos de los Pueblos Indígenas;
b) Las instituciones, los procesos de resolución de conflictos y los sistemas jurídicos de
los Pueblos Indígenas sean respetados y protegidos; y
c) Las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos desarrollen programas
específicos que se centren en la implementación de la Declaración;
2. Recomendamos que los Estados concierten nuevos Tratados, acuerdos y otros arreglos
constructivos con los Pueblos y Naciones Indígenas como una forma de implementar
eficazmente sus derechos y de resolver conflictos y disputas violentas y que la
implementación de todos los Tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos sea
permanente y efectiva;
3. Recomendamos que los Estados, utilizando los principios Indígenas de consentimiento,
propiedad, control y acceso, recopilen, analicen y desglosen los datos sobre los Pueblos
Indígenas, incluidos los ancianos, mujeres, jóvenes, niños y personas con discapacidad, para ayudar a redactar y poner en práctica la política pública y la legislación que se ocupe de mejorar la situación de los ancianos, las mujeres, jóvenes, niños y personas con
discapacidad Indígenas;
4. Recomendamos que los Estados reconozcan que la implementación de los derechos de los Pueblos Indígenas incluye la revisión, formulación, modificación y aplicación de leyes,
políticas y estrategias y que estos procesos deben llevarse a cabo con el consentimiento
libre, previo e informado de los Pueblos Indígenas, y deben ser informados por evidencia
basada en la recopilación, el análisis y el uso de datos desglosados de forma ética;
políticas y estrategias y que estos procesos deben llevarse a cabo con el consentimiento
libre, previo e informado de los Pueblos Indígenas, y deben ser informados por evidencia
basada en la recopilación, el análisis y el uso de datos desglosados de forma ética;
5. Recomendamos que los Estados respeten e implementen los derechos de las mujeres
Indígenas como dadoras sagradas de vida y criadoras, así como fortalezcan—con la
participación plena y efectiva de las mujeres Indígenas— la protección de las mujeres y
niñas Indígenas a través de la formulación e implementación de planes de acción nacionales, regionales e internacionales desarrollados conjuntamente con las leyes, políticas y estrategias eficaces de los Pueblos Indígenas;
6. Recomendamos que los Estados, con la participación plena, equitativa y efectiva de las
mujeres, jóvenes y niñas Indígenas, tomen medidas inmediatas para examinar, supervisar y presentar informes completos sobre la violencia contra las mujeres, las jóvenes y las niñas Indígenas, en particular la violencia sexual, la violencia doméstica, la trata y la violencia relacionada a las industrias extractivas, así como proporcionen reparación a las víctimas;
7. Recomendamos que los Estados cesen y se abstengan de continuar la militarización actual e inicien procesos de desmilitarización de las tierras, territorios, aguas y océanos de los Pueblos Indígenas. Esto se puede lograr mediante, entre otras cosas, la derogación y/o interrupción de la seguridad nacional "anti terrorista", las leyes sobre inmigración, control fronterizo y otras leyes, reglamentos, operaciones y órdenes ejecutivas especiales que violan los derechos de los Pueblos Indígenas. Se deben tomar medidas especiales para garantizar la protección de los ancianos, las mujeres, jóvenes, niños y personas con discapacidad, en particular en el contexto de los conflictos armados;
8. Recomendamos que los Estados, en conjunto con los Pueblos Indígenas, establezcan y
desarrollen comisiones de investigación u otros mecanismos independientes, imparciales y de investigación para documentar las cuestiones de la impunidad y otras preocupaciones de los Pueblos Indígenas sobre derechos humanos y que aseguren que se apliquen
efectivamente las recomendaciones hechas a los gobiernos para poner fin a la impunidad de las violaciones de los derechos de los Pueblos Indígenas. Se recomienda, además, que los autores sean llevados ante la justicia y las víctimas sean indemnizadas y rehabilitadas;
9. Recomendamos que los Estados trabajen de manera proactiva, a nivel nacional e
internacional, con la participación plena y la igualdad efectiva de los Pueblos Indígenas para elaborar mecanismos eficaces para identificar y repatriar los objetos sagrados y de
importancia cultural y los restos ancestrales, de acuerdo con las costumbres, tradiciones y creencias de los Pueblos Indígenas;
10. Recomendamos que los Estados cumplan plenamente con, y que en conjunto con los Pueblos Indígenas, creen condiciones para el derecho a la libre determinación de los Pueblos Indígenas, incluyendo a través de procesos de descolonización formales para los Pueblos Indígenas que los buscan y que todas las potencias administradoras de los territorios no autónomos adopten todas las medidas necesarias para erradicar el colonialismo en todas sus formas y manifestaciones;
implementación efectiva del derecho a la libre determinación de los Pueblos Indígenas a
través de la prestación de apoyo financiero y de participación en los ingresos para los
Pueblos Indígenas;
12. Recomendamos asimismo que los Estados, las organizaciones del sistema de Naciones
Unidas y las instituciones financieras internacionales y las organizaciones donantes
relevantes apoyen la implementación del derecho de los Pueblos Indígenas a la libre
determinación, incluido a través de la creación de capacidades para lograr este fin en todas las regiones;
13. Recomendamos además que, de acuerdo con nuestro derecho a la libre determinación y al consentimiento previo, libre e informado, los Pueblos Indígenas participen plena y efectivamente en la negociación de todos los acuerdos internacionales relevantes que puedan afectarlos, incluidos los acuerdos multilaterales y bilaterales de comercio e inversión, incluida la revisión de los acuerdos existentes; y
14. Recomendamos que los Estados establezcan mecanismos regionales para vigilar la
implementación de la Declaración.
Tema 4: Prioridades de los Pueblos Indígenas en materia de Desarrollo con consentimiento
libre, previo en informado
1. Las prioridades de los Pueblos Indígenas para el desarrollo se basan en el reconocimiento pleno, equitativo y efectivo de nuestros derechos a las tierras, territorios, recursos, aire, hielo, océanos y aguas, montañas y bosques y en la conexión con las costumbres, los sistemas de creencias, valores, idiomas, culturas y conocimientos tradicionales. Por ello, recomendamos que los derechos, la cultura y los valores espirituales se integren en las estrategias relacionadas con el desarrollo, incluidos los objetivos de desarrollo sostenible y de la Agenda de Desarrollo Post 2015 de las Naciones Unidas;
2. Recomendamos que los Estados adopten políticas públicas que garanticen a los Pueblos
Indígenas el derecho a la alimentación, la soberanía alimentaria, la seguridad alimentaria y la seguridad y el derecho al agua y al aire limpio. Por otra parte, recomendamos que los Estados dejen de subsidiar la expansión de las plantaciones agrícolas industriales y comerciales que promueven el uso de fertilizantes químicos tóxicos y pesticidas, así como los organismos modificados genéticamente (OMG) en tierras y territorios Indígenas;
Indígenas el derecho a la alimentación, la soberanía alimentaria, la seguridad alimentaria y la seguridad y el derecho al agua y al aire limpio. Por otra parte, recomendamos que los Estados dejen de subsidiar la expansión de las plantaciones agrícolas industriales y comerciales que promueven el uso de fertilizantes químicos tóxicos y pesticidas, así como los organismos modificados genéticamente (OMG) en tierras y territorios Indígenas;
3. Recomendamos que los Estados apoyen programas de los Pueblos Indígenas para fortalecer la capacidad de los jóvenes Indígenas, incluidos aquellos sobre la transmisión de los conocimientos tradicionales, innovaciones y prácticas, así como sobre los idiomas y el papel importante de los Pueblos Indígenas, incluidos los ancianos y las mujeres, como titulares de conocimientos tradicionales. Además, recomendamos que los Estados y las agencias, programas y fondos de Naciones Unidas respeten y promuevan el derecho de los Pueblos Indígenas al consentimiento libre, previo e informado en relación con sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales tradicionales;
4. Recomendamos que los Estados adopten un enfoque basado en los derechos y que sea
culturalmente apropiado en la seguridad pública y el acceso a la justicia, guiado por los ordenamientos jurídicos y los sistemas tradicionales de justicia de los Pueblos Indígenas y
por la recolección estandarizada y desglosada de datos centrada en la prevención y la
justicia restaurativa, así como en la protección y la rehabilitación;
5. Recomendamos que los Estados cesen los traslados de población patrocinados por el Estado y la ingeniería demográfica de los Pueblos Indígenas que, entre otras cosas, resulta en convertir a los Pueblos Indígenas en minorías;
6. Recomendamos que los Estados, con la participación plena, equitativa y efectiva de los
Pueblos Indígenas, proporcionen recursos suficientes que permitan el empoderamiento de los Pueblos Indígenas en la entrega y el acceso a la educación, a la salud, incluida la salud mental y a la vivienda de alta calidad y culturalmente apropiadas para mejorar el bienestar de los Pueblos Indígenas; y que las personas Indígenas reciban atención de salud adecuada en condiciones de igualdad;
7. Recomendamos que los Estados tomen medidas urgentes para adoptar estrategias que
permitan a los Pueblos Indígenas ejercer su derecho a la educación, en particular los
jóvenes y los niños y sus derechos soberanos para establecer sus propios sistemas
educativos afirmando la erudición de sus sistemas de conocimiento, ciencias, tecnologías,
propiedad intelectual y manifestaciones culturales;
8. Recomendamos a los Estados garantizar la participación significativa y efectiva y el
consentimiento libre, previo e informado de los Pueblos Indígenas de acuerdo con sus
protocolos con el fin de reformar el sistema educativo dominante para reflejar las historias, identidades, valores, creencias, culturas, idiomas y conocimientos de los Pueblos Indígenas a quienes se les está entregando; e
9. Instamos a los Estados a reafirmar los derechos de los Pueblos Indígenas a su desarrollo económico, social y cultural con el debido respeto a su libertad e identidad y el reconocimiento de que el derecho al desarrollo sostenible es de fondo y de procedimiento. Instamos además a los Estados a garantizar la participación plena, igualitaria y efectiva de los Pueblos Indígenas en el desarrollo de mecanismos para garantizar que el desarrollo sostenible basado en los ecosistemas sea equitativo, no discriminatorio, participativo, responsable y transparente, con la igualdad, el consentimiento y la descolonización como importantes temas generales que protegen, reconocen y respetan los derechos de los Pueblos Indígenas y que están en armonía con el carácter sagrado de la Madre Tierra.
Conferencia Preparatoria Global Indígena para la Reunión Plenaria de Alto Nivel de la Asamblea
General de las Naciones Unidas que se conocerá como la Conferencia Mundial sobre los Pueblos
Indígenas
10-12 de junio de 2013
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