La Ley 4434, sancionada el 10 de diciembre de 2012 prohibía, por un plazo de 10 años, la pesca comercial del dorado en aguas costeras de la Ciudad así como la comercialización y acopio de esa especie en pescaderías e hipermercados. Como excepción se permitía que los restaurantes mantuvieran el plato “dorado” en sus menús y que los miembros de la comunidad judía lo pudiesen adquirir bajo la modalidad “por encargo” para la festividad del pesaj, por un plazo de dos años.
En su texto la ley admitía la pesca deportiva con devolución y la pesca de subsistencia.
El proyecto, surgido de una iniciativa del Club de Pescadores de la Ciudad de Buenos Aires, había sido ampliamente debatido en la Comisión de Ambiente de la Legislatura y contaba con el apoyo de la Asociación de Fabricantes y Comerciantes de Artículos de Pesca; la totalidad de los clubes de pesca, revistas especializadas, programas de radio y televisión.
En diversas reuniones se analizaron trabajos científicos de la Unión Internacional por la Conservación de la Naturaleza que aconsejaban la protección del dorado debido a la fuerte presión ejercida sobre esta especie por la pesca comercial, la pesca deportiva, la modificación del hábitat y el cambio climático.
Finalmente la Agencia de Protección Ambiental (APRA) del propio gobierno de Mauricio Macri, luego de efectuar una investigación propia, propuso diversas modificaciones al proyecto, incluyendo el plazo de diez años, la excepción para los restaurantes y el período de 2 años para facilitar a la comunidad judía el reemplazo del consumo de esta especie durante la festividad del pesaj.
LL ama la atención que el veto de Mauricio Macri esté fundamentado en las modificaciones que el propio Poder Ejecutivo, a través de la Agencia de Protección Ambiental introdujo al proyecto original. Esto demuestra la total desconexión existente entre las distintas áreas del gobierno del PRO. También llama la atención que en su artículo primero el decreto de Macri manifieste que no ve motivos para prohibir la pesca comercial del dorado, cuando en TODAS las provincias de la cuenca del Río de la Plata ésta está prohibida o fuertemente reglamentada.
Resulta absurdo asimismo sostener que el plazo de gracia de dos años, para que la comunidad judía modifique su menú de la fiesta del pesaj, atenta contra la libertad religiosa, cuando es obvio que el dorado no es un pez originario del medio oriente; es un reemplazo que puede ser perfectamente sustituido sin alterar ninguna libertad religiosa.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires sigue siendo la única jurisdicción que no tiene una sola ley ni un solo decreto para la protección de las especies que habitan el Río de la Plata. El veto de Macri pretende dar por tierra con este primer intento. Espero que el poder legislativo haga valer su independencia y aplique la mayoría especial de dos tercios para rechazar esta resolución absurda.
Prensa Diputado Adrian Camps
Partido Socialista Auténtico
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